Persona física o moral que, con motivo de la disposición que efectuó de un crédito, queda obligada con el acreditante a restituir en los términos convenidos las sumas dispuestas más los intereses, gastos y comisiones que en su caso se hubiesen generado.
Manifestación de voluntad de una o más personas que produce consecuencias de derecho.
Contrato a través del cual una entidad de crédito se obliga a conceder una suma de dinero a favor de un acreditado, mismo que quedará obligado a restituir al acreditante las sumas que disponga, o a cubrirlo oportunamente por el importe de la obligación que contrajo y, en todo caso, pagar intereses, prestaciones, gastos y comisiones que se estipulen.
Instancia del Gobierno de la Ciudad de México encargada de la conservación, custodia y reproducción de documentos contenidos en sus apéndices y protocolos, así como de la guarda de los sellos de los notarios públicos y demás documentos notariales que en él se depositen.
Garantía que presenta una persona, entidad o empresa frente a una deuda u otro compromiso, que servirá como compensación en caso de no poder cumplir con ello. El avalista es la persona o institución que afrontará la obligación con garantías en caso de que la persona avalada fallara en sus obligaciones.
Dictamen técnico practicado por una persona autorizada o registrada ante la autoridad fiscal, que permite estimar el valor comercial de un bien inmueble, con base en su uso, características físicas y cualidades urbanas de la zona donde se ubica, así como en la investigación, análisis y ponderación del mercado inmobiliario.
Anotación provisional que se realiza con motivo del inicio del trámite de una escritura ante un notario público, la cual tiene como finalidad impedir que durante su vigencia se inscriba algún acto que perjudique los derechos de la persona en cuyo favor se realizó el aviso.
Bienes que por sus características no se pueden trasladar de un lugar a otro fácilmente sin perder su integridad, como el suelo y las construcciones adheridas a él; estatuas, relieves, pinturas u otros objetos de ornamentación; manantiales, estanques y corrientes de agua; diques y construcciones; derechos reales sobre inmuebles; líneas telefónicas y telegráficas, entre otros.
Intermediario entre un cliente y una institución que ofrece un crédito. Su propósito es apoyar a las personas en la selección y obtención de un crédito hipotecario, ofreciéndole la opción que mejor se ajuste a sus necesidades. Su servicio es gratuito, debido a que obtienen una comisión por parte de la institución financiera que recibe a los clientes.
Acreditación en la que se establece que el préstamo está finiquitado y ha quedado libre de gravamen. Ésta tiene costo y depende de la entidad, el valor de la vivienda y el notario público.
Derecho que se adquiere con el nacimiento y se pierde con la muerte. Desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en el Código Civil Federal. Son hábiles para contratar todas las personas no exceptuadas por la ley.
Cantidad expresada en términos porcentuales anuales que, para fines informativos y de comparación, incorpora la totalidad de los costos y gastos inherentes a los créditos.
Documento que se expide para demostrar que una propiedad no cuenta con deudas y está libre de todo problema legal. Se utiliza para acreditar ante una autoridad, persona o institución la situación jurídica actual de un inmueble.
Documento público en el que se hacen constar las disposiciones normativas que para un predio o inmueble determinado, establecen los instrumentos de planeación del desarrollo urbano respecto al uso del suelo. Se entenderá por Certificado de Acreditación de Uso del Suelo por Derechos Adquiridos, al documento público que tiene por objeto reconocer los derechos de uso del suelo y superficie que por el aprovechamiento legítimo y continuo tienen los propietarios de un bien inmueble, en su totalidad o en unidades identificables de éste.
Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Supervisa y regula a las entidades financieras existentes en el país, para verificar que trabajen de manera equilibrada con el desempeño del sistema financiero y con los intereses de los usuarios.
Persona que participa, de manera voluntaria, con el titular de una operación financiera, por lo general en un crédito o financiamiento. El coacreditado tiene los mismos derechos y obligaciones que el acreditado principal.
Los notarios de la Ciudad de México están agrupados en el Colegio de Notarios de la Ciudad de México. Éste ejerce para el notariado y para las autoridades competentes, las facultades de representación, organización, gestión, intervención, verificación y opinión que la ley le otorga.
Importe que la institución financiera cobra al formalizar un préstamo o crédito. Éste cubre los gastos de administración y gestión relacionados con la apertura del mismo. Es un solo cobro de un porcentaje sobre el capital del préstamo.
Contrato mediante el cual el vendedor se compromete a transferir la propiedad de una cosa o de un derecho y el comprador se obliga a pagar el precio convenido. Para saber con detalle qué debes revisar en este documento, da click aquí.
Documento emitido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para dar fe de la inscripción en el RFC, así como para informar el régimen fiscal de una persona física o moral y sus obligaciones.
Documento en el que se estipulan las condiciones de la compraventa, penalizaciones y diferentes puntos que tanto el comprador como el vendedor deberán cumplir.
Reproducción total o parcial de una escritura o acta, así como de sus respectivos documentos del apéndice, o sólo de estos, que un notario expedirá con distintos fines.
Ejercicio fiscal en el que se reporta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) los ingresos y egresos que se generaron durante el año, para así poder contribuir con el pago de impuestos. Permite acceder a deducciones personales, como honorarios médicos, intereses reales por créditos hipotecarios, colegiaturas, entre otras.
Contrato por el cual una persona transfiere gratuitamente una parte o la totalidad de sus bienes presentes a otra.
Documento que se tramita ante un notario y en el que se hace constar un determinado acontecimiento o derecho autorizado por el propio funcionario, quien se ocupará de firmar junto con los otorgantes. El notario tendrá la misión de dar fe acerca de la capacidad jurídica del contenido y de la fecha en la que se lleva a cabo el acuerdo.
Disposición por la cual un fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos, según sea el caso, para ser destinados a fines lícitos y determinados, encomendando la realización de dichos fines a la propia institución fiduciaria.
Industria que aplica nuevas tecnologías a actividades financieras y de inversión. Engloba aplicaciones, procesos, productos o modelos de negocio en busca de captar parte del mercado dominado por grandes empresas, a menudo lentas y poco innovadoras en la adopción de nuevas tecnologías.
Persona natural o jurídica que sin ser deudor es dueño de todo o parte de un inmueble hipotecado. El garante compromete su propiedad al pago de la deuda.
Derecho que se concede sobre un inmueble a una persona o entidad con la que se contrae una deuda o compromiso, para que en caso de dicha deuda no sea satisfecha o el compromiso incumplido, tenga la posibilidad de convertirse en propietario y vender dicho inmueble para recuperar el dinero.
Impuestos y gastos de inscripción en el registro que se deben hacer al momento de realizar la escritura de una vivienda. Este proceso es gestionado y canalizado por un notario público, de allí el término gastos notariales. Para cualquier trámite, la totalidad del pago realizado en una notaría está constituida por: impuestos, derechos y trámites diversos, así como por honorarios notariales. Definidos por el Poder Legislativo de cada entidad o, en su caso, por la Federación, estos pagos comprenden los impuestos de adquisición de inmuebles, el impuesto sobre la renta, los pagos de constancias, certificados y avalúos, entre otros.
Derecho que grava bienes inmuebles para garantizar el cumplimiento de una obligación o el pago de una deuda.
Impuesto que debe pagar cualquier persona que sea dueña de una propiedad, sin importar el uso que le dé, ya sea habitacional, comercial o industrial.
Incumplimiento de las obligaciones legales o condiciones de un préstamo. El que estuviera obligado a prestar un hecho y dejara de hacerlo conforme a lo convenido, será responsable de daños y perjuicios.
Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles o Impuesto de Traslación de Dominio que se aplica al momento de adquirir una casa, terreno, edificio o departamento, sin importar la condición del inmueble.
Impuesto Sobre la Renta (ISR) que se aplica durante la venta de una propiedad. Éste debe pagarse sobre la ganancia obtenida en el ejercicio de venta de un bien inmueble.
Impuesto Sobre la Renta (ISR) que se aplica durante la compra de una propiedad. Éste debe pagarlo el comprador de un bien inmueble.
Programa anual que se organiza de forma conjunta por el Colegio de Notarios de la Ciudad de México, la Asamblea Legislativa y el Gobierno de la CDMX a través de la Dirección General de Regularización Territorial, mediante el cual se otorgan reducciones en impuestos, derechos y honorarios notariales, para la escrituración de inmuebles y la tramitación de sucesiones.
Práctica en la que un deudor, persona física o jurídica, no cumple con el pago al vencimiento de una obligación. De manera general, la condición de moroso se adquiere una vez que una obligación no es afrontada al vencimiento por parte de una persona u organización.
Profesional del derecho investido de fe pública por el Estado que tiene a su cargo recibir, interpretar, redactar y sustentar de forma legal la voluntad de las personas que ante él acuden. También se encarga de conferir autenticidad y certeza jurídica a los actos y hechos pasados ante su fe, mediante la consignación de los mismos en instrumentos públicos de su autoría.
Relación jurídica entre dos o más personas por la cual una de las partes puede obligar a la otra a llevar a cabo el pago de una prestación. Las obligaciones tienen tres elementos básicos: el sujeto, el objeto y el vínculo.
Persona física o moral que tiene participación en un crédito como responsable de cumplir con las obligaciones del acreditado, en el caso de que éste no cumpla con sus responsabilidades en su totalidad.
Entrega de la cosa, cantidad debida o prestación del servicio que se hubiere prometido.
Pago que va creciendo de forma definida a lo largo de su duración. Las mensualidades comienzan siendo menores, teniendo incrementos de manera anual. Este tipo de pago ayuda al acreditado a no descompensarse económicamente al inicio del crédito debido a otros gastos.
Pago que no aumenta a lo largo de su duración. En este tipo de pago no existen incrementos inesperados, lo que permite una mejor planeación de las finanzas personales.
Documento legal que le permite a una persona actuar en el nombre de otra. Los poderes legales pueden ser útiles para las personas mayores u otras personas que quieran elegir a alguien de confianza para que actúe cuando ellas no puedan hacerlo.
Documento en el que se recoge el contrato de seguro y las obligaciones y derechos que deben asumir tanto la compañía aseguradora como el asegurado, que son las dos partes que intervienen en estos contratos.
Etapa en la obtención de un crédito en la que un cliente puede saber si es candidato al préstamo y hasta cuánto se le puede prestar. En esta parte del proceso se evalúa la situación del cliente y se hace una revisión a su historial en Buró de Crédito. El resultado no es definitivo hasta la aprobación formal.
Conjunto de libros formados por folios numerados y sellados en los que un notario asienta y autoriza las escrituras y actas que se otorguen ante su fe, con sus respectivos apéndices. En sentido amplio, es la expresión que se refiere a todos los documentos que obran en el haber de cada notaría.
Certificación fiscal en un recibo de nómina que comprueba la validación del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Se presenta como un código QR o folio fiscal de 32 dígitos (letras y números combinados).
Institución gubernamental cuyo objetivo es dar certeza y seguridad jurídica a los actos relacionados con la propiedad de inmuebles, así como a los actos jurídicos que conforme a la ley deban registrarse para surtir efectos contra terceros. Su propósito es brindar claridad a todos los procesos que tengan que ver con la compraventa de inmuebles, solicitud de créditos hipotecarios, traspasos, donaciones, herencias, embargos, entre otros.
Clave alfanumérica que sirve para identificar a las personas físicas y morales que practican alguna actividad económica en nuestro país. Esta clave está compuesta por 13 caracteres para las personas físicas y 12 caracteres para las personas morales.
Sustitución en la titularidad de bienes, derechos y obligaciones transmisibles de una persona cuando ésta fallece. Tiene lugar cuando una persona fallecida no hizo testamento o cuando éste ha sido declarado inválido. También es conocida como sucesión legítima.
Sustitución en la titularidad de bienes, derechos y obligaciones transmisibles de una persona cuando ésta fallece. Tiene lugar cuando una persona fallecida determina, mediante una manifestación de voluntad unilateral, el testamento, las personas que han de sucederle y las condiciones de dicha sucesión.
Documento informativo en el que es posible ver de manera detallada las fechas y la cantidad de dinero a pagar por un crédito.
Indicador económico y financiero que señala la rentabilidad de una inversión, o bien, el costo de un crédito. El interés representa un beneficio para quien lo ahorra o invierte en alguna institución o instrumento financiero, y un costo para la entidad o persona que adquiere un crédito o préstamo.
Copia en la que se transcribe íntegramente una escritura o un acta. Se incluyen los documentos anexos que obran en el apéndice, con excepción de los que ya se hayan insertado en el instrumento y que por la fe del notario y la matricidad de su protocolo tiene el valor de instrumento público.
Documento que acredita a una persona como dueña de algún bien, principalmente de un inmueble. En el título de propiedad se especifica la fecha y forma en la que se adquirió la propiedad, así como las características de la misma.
Franja de 100 kilómetros a lo largo de las fronteras y 50 kilómetros de ancho en las costas. Espacio en el que los extranjeros no tienen permitida la adquisición de inmuebles.